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Tribunal Supremo
STS 5-10-09 (Sala 1ª)
Ponente: Excmo. Sr. D. Jesús Corbal Fernandez
Un grupo de diputados regionales de un partido político fueron expulsados
de éste, al decidir cesar al portavoz del grupo parlamentario nombrado
por la dirección regional. Los diputados díscolos solicitaron la nulidad
de los estatutos de la organización que atribuía a los comités ejecutivos
la facultad de nombrar y de cesar a los portavoces de los grupos
institucionales.
En la presente resolución, el Tribunal Supremo falla que la designación
del portavoz en el seno interno de los partidos no impide que los estatutos
de los partidos contemplen que sea alguno de los órganos de las
propias formaciones políticas quienes asuman la competencia del nombramiento
y cese de los portavoces.