Extraído de: Revista Aranzadi Quincena Fiscal

Juan Calvo Vérgez
Profesor Contratado Doctor de Derecho Financiero y Tributario. Universidad de Extremadura
RESUMEN: El presente Comentario analiza los requisitos necesarios que han de ser observados para que los gastos efectuados con motivo de inversiones llevadas a cabo en elementos del inmovilizado puedan ser considerados como integrantes de la base de deducción por I+ D+ ITec, a efectos de su aplicación en el Impuesto sobre Sociedades. A tal efecto, y de acuerdo con lo declarado por la DGT en su Resolución de 20 de enero de 2009, se subraya la necesidad de que dichos gastos se encuentren directamente relacionados con los proyectos, excluyéndose de la base de la deducción los gastos indirectos así como aquellos que no sean susceptibles de reparto o que no se hayan repartido entre las distintas actividades de la empresa.
PALABRAS CLAVE: Impuesto sobre Sociedades, deducción, Investigación, Desarrollo, Innovación Tecnológica, base de deducción, gastos, proyectos, inmovilizado.
ABSTRACT: This document analyses the essential requirements for the Research + Development + Technological Innovation to consider the expenses incurred in investments in fixed assets as part of the deductible base in order to be applied in the Company Tax. Therefore, and pursuant to the decision of the DGT of January 20, 2009, said expenses are to be directly related to the projects, and indirect expenses should be excluded from the deductible base as well as those which are not subject to allocation or those which have not been allocated within the several businesses of the company.
KEYWORDS: Company Tax, deduction, Research, Development, Technological Innovation, deductible base, expenses, projects, fixed assets.