Reiterando una jurisprudencia ya consolidada, se confirma la improcedencia de exigir retenciones en los supuestos en que el contribuyente ha pagado la deuda tributaria sin deducir las retenciones no practicadas. En el caso que nos ocupa, se trataba de una retribución en especie consistente en préstamos a los empleados a un tipo de interés inferior al legal del dinero.