En un supuesto en que estaba pendiente ante el Tribunal Supremo un recurso sobre la negativa a extender los efectos de determinada sentencia a una comprobación de valores, y en un recurso dirigido frente a la liquidación derivada de dicha comprobación, el Tribunal de Instancia ofrece a la actora la posibilidad de optar por extender los efectos o continuar el recurso, y posteriormente inadmite éste basándose en la existencia de litispendencia. Existe un voto particular que formula el Magistrado don Emilio Frías Ponce, en el que se considera que debió estimarse la casación ya que fue la propia Sala la que ofreció la opción.