Extraído de: Revista Aranzadi Quincena Fiscal

Guadalupe Diaz-Súnico
Asociado Departamento Fiscal. Cuatrecasas, Gonc¸alves Pereira (Barcelona)
RESUMEN: La reciente aprobada Ley de Presupuestos añade un nuevo inciso al artículo 93 de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, conforme el cual el Régimen Especial para trabajadores desplazados a España (Régimen de impatriados o Ley Beckham) ya no resultará aplicable a aquellos contribuyentes cuyas «Retribuciones previsibles derivadas del contrato de trabajo en cada uno de los periodos impositivos en que se aplique este régimen especial» superen la cuantía de 600.000 euros anuales. Más allá de las dudas sobre la constitucionalidad de esta reforma y sobre su acierto y oportunidad, la redacción del nuevo inciso no ha sido todo lo afortunada que podría esperarse por cuanto abre la puerta a varios interrogantes y genera situaciones manifiestamente injustas de tributación dispar para rentas similares.
PALABRAS CLAVE: IRPF-Régimen especial – Trabajadores desplazados a España.
ABSTRACT: a new requirement has been recently established in the special tax regime for impatriates set forth in the Spanish PIT Act that considerably ties the number of tax payers that will be able to opt for it in the future. According to it, the possibility to be taxed as a non-resident will no longer be possible for those employees moving to Spain whose salary exceeds the 600,000 Euros annual threshold. It is a controversial and relevant change in the application of this regime that may have a relevant impact in agreements signed in the future by employees expatriated to Spain.
KEYWORDS: PIT – Special tax regime for foreign employees expatriated to Spain (‘ley Beckham’).