STJCE 28 enero 2010 (TJCE 2010, 26). Clases particulares relacionadas con la enseñanza escolar o universitaria: alcance de la exención.
Impuesto sobre el Valor Añadido
Se precisa el alcance de la exención aplicable a las clases particulares,
llegando a la conclusión de que la enseñanza puede incluir actividades distintas
a las clases propiamente dichas. Los apartados 39 a 55, que no se reproducen,
consideran sin embargo que, en el caso concreto planteado, el docente presta
sus servicios a una tercera entidad, que es quien organiza los cursos, por lo
que la actividad de dicho docente no puede ser reconducida a las clases
particulares.