Fiscalidad Europea

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STJCE 22 abril 2010. Adquisiciones intracomunitarias gravadas en el Estado de identificación, por no haber sido gravadas en el Estado miembro de llegada de la expedición: carácter no deducible del IVA soportado.

Impuesto sobre el Valor Añadido



Se considera no deducible el IVA devengado por una adquisición intracomunitaria gravada en el Estado miembro de identificación del adquirente, por no haber podido acreditar el interesado que la misma se ha gravado en el Estado miembro de llegada de la expedición o transporte.